El pasaporte es un documento de viaje que identifica a los colombianos en el exterior. Según la Cancillería, todo colombiano por nacimiento o nacionalizado que viaje fuera del país, deberá estar provisto de un pasaporte. Aquí te explicamos cuáles son los requisitos y como puedes obtenerlo.
Foto: Portafolio
Para realizar el trámite en Bogotá:
1. Para mayores de edad:
- Diligenciar la solicitud por medio electrónico para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
- Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes personalmente para presentar los documentos, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotos.
- Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas).
- Cuando el solicitante no tenga cédula de ciudadanía en formato válido, podrá presentar los siguientes documentos, de acuerdo a su caso:
a) Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y huella, copia simple del registro civil de nacimiento expedido por el Notario, Registrador o Cónsul.
b) Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto, huella.
C) No se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía
- Presentar pasaporte anterior, si lo tiene.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante solo deberá informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
Nota: La oficina expedidora, de considerarlo pertinente, podrá solicitar la presentación del certificado de nacionalidad, con el fin de verificar la identidad del solicitante.
Cuando no pueda presentar su cédula para solicitud del pasaporte, es obligatorio llevar la contraseña original y en físico, el duplicado de cédula en línea de la Registraduría NO es válido.
2. Requisitos menores de edad:
- El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal, quienes tendrán que identificarse con su cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas). Si estos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán dar autorización a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente:
- Registro civil de defunción en caso de que uno de los padres del menor haya fallecido.
- Poder especial otorgado por los dos padres a un tercero, ante notario público o juez
- En el exterior ante el Consulado, o en el exterior donde no exista Consulado de Colombia ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado o legalizado según sea el caso y traducido al español mediante traductor oficial, allegando copia de los documentos de identidad de los padres, para que éste adelante el trámite en compañía del menor.
- Diligenciar la solicitud por medio electrónico, para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
- Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes, tanto el menor como el acompañante, para que personalmente se haga la presentación de los documentos, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotos.
- Presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento (fiel copia) del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul, según el caso:
- Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, los padres del menor o su representante legal, solo deberán informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
¡Importante!
- Cada vez que un colombiano cambia de tipo de documento, de registro civil a tarjeta de identidad y de tarjeta de identidad a cédula, deberá cambiar su pasaporte dado que su documento de identificación ha cambiado.
- Si el menor tiene entre 7 y 17 años, se debe presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul y original de la tarjeta de identidad o contraseña.
- Si el padre acudiente era menor de edad al momento de la realización del registro civil de nacimiento del hijo, deberá aportar adicionalmente el Certificado de Preparación de Cédula que emite la Registraduría Nacional del Estado Civil donde se indique que el número de Tarjeta de Identidad que tenía cuando registró a su hijo corresponde al mismo número de cédula que posee actualmente.
¿Cuánto cuesta este trámite?
- Si estás en Bogotá, Departamento de Cundinamarca. Haz clic aquí para reservar tu cita
Ordinario 121.463
Ejecutivo 216.521
Emergencia 170.048
¡Importante!
Para el resto del país, el precio varia dependiendo de los impuestos departamentales aplicados al precio final. Algunos precios son:
- Si estás en Cúcuta, Departamento de Norte de Santander. Haz clic aquí para reservar tu cita
Ordinario $280.000
Ejecutivo $350.000
Emergencia $273.000
Importante: Si estás en Cucúta y eres nacionalizado colombiano, debes cargar los siguientes documentos en PDF y adicional llevarlos a tu cita:
- Copia de la cédula de ciudadanía colombiana al 150%
- Fotocopia del registro civil de nacimiento colombiano
- Fotocopia de la partida de nacimiento venezolana
- Fotocopia de la cédula de identidad venezolana
- Fotocopia del pasaporte venezolano (si lo tiene)
- Fotocopia del registro civil de nacimiento y la cédula de ciudadanía colombiana del padre que te nacionalizó. Si tu padre también es nacionalizado; es decir, nacido en Venezuela, debes anexar su registro civil de nacimiento colombiano a la solicitud; así como su copia de partida de nacimiento y cédula de identidad venezolana.
** En cada oficina se pueden solicitar requisitos adicionales, te recomendamos contactar directamente con la que se encuentre en tu ciudad**
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Si estás en Bucaramanga Departamento de Santander. Haz clic aquí para reservar tu cita
Ordinario $278.743
Ejecutivo $373.801
Emergencia$263.328
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Si estás en Cali, Departamento del Valle del Cauca Haz clic aquí para reservar tu cita
Ordinario $315.363
Ejecutivo $410.421
Emergencia $299.948
¿Cuánto se demora la entrega del pasaporte?
Una vez realizado el pago, la entrega del pasaporte se demora:
- En el caso de Bogotá, 24 horas
- En el resto del país, 48 horas
- En los consulados de Colombia en el exterior, 8 días hábiles
Fuentes:
Página web: Cancillería de Colombia
Página web: Estoy en la Frontera