El derecho de petición es un recurso gratuito al que pueden acceder todos los ciudadanos en Colombia, de cualquier nacionalidad, que sientan que algún derecho les ha sido vulnerado. Por ejemplo, si en varias ocasiones te has dirigido a una entidad (pública o privada) en busca de una respuesta a un trámite o de una solución para algún problema con dicha institución y no has sido escuchado.
El Ministerio de Justicia define el derecho de petición es un recurso que puede presentar cualquier persona de manera verbal o escrita. Incluso, si eres menor de 18 años, puedes presentar este recurso sin necesidad del acompañamiento de un representante legal.
En caso de que quieras presentar un derecho de petición de manera verbal, solo necesitas acercarte a la entidad a la que le competa tu queja y explicar cuál es tu solicitud. De igual manera, debes dejar tus datos (teléfono, correo electrónico y dirección de tu domicilio) para, posteriormente, ser contactado.
¿Para qué sirve un derecho de petición?
Sirve para:
- Solicitar información, documentos o copias de documentos
- Pedir que se preste un servicio
- Reclamar sobre un servicio recibido.
- Quejarse sobre el servidor o funcionario que lo atendió
- Sugerir mejor calidad en el servicio
Toma en cuenta:
- Todas las personas pueden presentar peticiones sin necesidad de un abogado
- Si eres menor de 18 años no necesitas un adulto para presentar una petición
- La petición no tiene ningún costo, pero es probable que te cobren la copia de documentos que solicites. Por ejemplo: Fotocopias de documentos detrámites notariales (escrituras)
¿A quién puedes dirigir tu petición?
A cualquier entidad pública, empresa privada, asociaciones u organizacionees. También puedes dirigir tu petición a una persona natural si dicha persona tiene una posición dominante frente a ti. Por ejemplo, puedes presentar una petición a tu jefe.
¿Cómo se hace un derecho de petición?
Si deseas presentar tu reclamo o petición por escrito, debes incluir estos datos en tu carta:
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Fecha y ciudad en donde será radicada la petición
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Nombre de la persona o autoridad a la que va dirigida la petición.
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Nombre completo del ciudadano que hará la petición.
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Número de cédula o documento de identificación.
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Petición: Aquí debes escribir con claridad cuál es tu petición y por qué acudiste a este recurso.
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Agregar el texto: Agradezco su oportuna respuesta y solución en términos de lo dispuesto por el marco jurídico regulatorio del derecho de petición Ley 1755 de 2015.
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Correo electrónico o lugar de residencia al que quieres recibir la respuesta.
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Firma y cédula.
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Anexos: Fotocopia de la cédula o documentos para soportar tu solicitud.
¿Cuáles son las entidades públicas y privadas que asesoran la presentación de peticiones?
- La Defensoría del Pueblo
- La Procuraduría General de la Nación
- Las personerías distritales y municipales
- Los consultorios jurídicos de las universidades
¿Cuánto tardan en dar una respuestas
Todas las entidades están obligadas a recibir, informar o responder su peticiónen los siguientes tiempos o plazos:
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5 días hábiles: Si lo que usted solicita no escompetencia o función de la entidad, en este plazo se
le informará el traslado de la petición a la entidad que corresponda. - 10 días hábiles: Si solicita información pública, documentos o copias de documentos.
- 15 días hábiles: Es el plazo máximo para responder las solicitudes de interés general, quejas, reclamos o sugerencias.
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30 días hábiles: Es el plazo específco para responder consultas, conceptos jurídicos o técnicos
relacionados con tareas y acciones a cargo de la entidad.
¿Qué puedo hacer si no obtengo respuesta?
Se considera como una falta disciplinaria no responder a un derecho de petición, por lo que, si no te dieron respuesta en el tiempo establecido o esta no es acorde a tu solicitud, puedes interponer una acción de tutela ante un juez.
Fuentes:
Página web: ABC del derecho de petición en Colombia
Página web: Canal Institucional